El pasado 26 de agosto de 2017, la UE modificó el Reglamento sobre medidas de restricción contra Corea del norte. En virtud de la nueva ley, las prohibiciones no se aplicarán en lo que respecta a los fondos y recursos económicos que pertenezcan o estén a disposición del Banco de comercio exterior o de la Compañía Nacional de Seguros Coreana (KNIC) en la medida en que dichos fondos y recursos económicos estén destinados exclusivamente para los fines oficiales de una misión diplomática o consular en Corea del norte, o para actividades de asistencia humanitaria que se emprendan o en coordinación con las Naciones Unidas.
El presente Reglamento entró en vigor el 27 de agosto de 2017.
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