El período de transición tras la retirada del Reino Unido de la Unión Europea finalizará el 31 de diciembre de 2020. Las intensas negociaciones sobre un nuevo acuerdo comercial están en pleno apogeo ahora y esperamos tener más claridad a finales de agosto. Por lo tanto, todavía no se sabe con certeza si ese acuerdo se concertará y entrará en vigor al final del período de transición. En cualquier caso, dicho acuerdo crearía una relación que, en términos de condiciones de acceso al mercado, será muy diferente de la participación del Reino Unido en el mercado interno, en la Unión Aduanera de la UE y en el ámbito del IVA y los impuestos especiales.

 

 

Por lo tanto, la Comisión está publicando una serie de notas de orientación para las empresas sobre los cambios inminentes que se pueden encontrar en https://ec.europa.eu/info/european-union-and-united-kingdom-forging-new-partnership/future-partnership/getting-ready-end-transition-period_en

 

 

Se acaba de publicar una nota de orientación titulada » WITHDRAWAL OF THE UNITED KINGDOM AND EU RULES IN THE FIELD OF CUSTOMS, INCLUDING PREFERENTIAL ORIGIN «, que se puede descargar aquí.

 

 

La presente nota no se refiere a las normas de la UE sobre :

 

  • la deuda aduanera, el valor arancelario y las «ayudas»;
  • el contingente arancelario, y su gestión;
  • prohibiciones y restricciones;
  • el impuesto sobre el valor añadido;
  • impuestos especiales.

 

 

Para estos aspectos, se están preparando o se han publicado otros avisos.

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