Desde el pasado 6 de noviembre, los operadores sujetos al Reglamento EUDR podrán registrarse en el sistema de la UE a través del siguiente enlace
El registro se deberá realizar siguiendo las instrucciones del manual publicadas en la página de la Comisión Europea. Una vez registrado se podrá entrar en el sistema para la presentación de las DDD (declaración de diligencia debida), incluso antes de su entrada en vigor.
Por otro lado, a falta de la confirmación por parte del Parlamento Europeo, la entrada en vigor tendrá una prórroga de 12 meses. No obstante, podrá utilizarse el Sistema con el fin de garantizar el correcto cumplimiento de las obligaciones derivadas de esta nueva normativa.