Como cuarta economía mundial y noveno socio comercial de la UE, India representa un mercado de gran importancia estratégica. Se espera que el ALC duplique las exportaciones anuales de la UE a India para 2032, en particular mediante la eliminación o reducción del 96,6% de los aranceles sobre los productos de la UE. Se espera que los exportadores europeos ahorren hasta 4.000 millones de euros al año en derechos de aduana.
Este acuerdo representa la apertura comercial más ambiciosa jamás concedida por India a un socio comercial y ofrecerá una ventaja competitiva significativa a las industrias de la UE. Entre las principales reducciones o eliminaciones arancelarias figuran:
- Aeronaves y naves espaciales: del 11 % al 0 % para casi todos los productos en un plazo de 10 años.
- Maquinaria y equipo eléctrico: de hasta el 44 % al 0 % en un plazo de 10 años.
- Productos químicos: del 22 % al 0 % en un plazo de diez años.
- Vehículos de motor: del 110 % al 10 % para un contingente de 250.000 vehículos al año.
- Hierro y acero: del 22 % al 0 % en un plazo de diez años.
- Productos farmacéuticos: del 11 % al 0 % en un plazo de diez años.
- Vinos: del 150 % al 75 % en el momento de la entrada en vigor, con una reducción progresiva hasta un mínimo del 20 %.
- Aceite de oliva: del 45 % al 0 % en un plazo de cinco años.
- Productos agroalimentarios transformados: de hasta el 50 % al 0 %.
En el ámbito de los servicios, el acuerdo concederá a las empresas de la UE un mayor acceso al mercado indio, incluido en sectores clave como los servicios financieros y el transporte marítimo. Contiene los compromisos más ambiciosos que India ha concedido en materia de servicios financieros hasta la fecha.
En cuanto a las normas de origen, la UE e India han acordado disposiciones que garantizan que solo los productos suficientemente transformados en una de las partes podrán beneficiarse de las preferencias arancelarias del acuerdo.
El acuerdo va acompañado de una Asociación de Seguridad y Defensa y una Agenda Estratégica Conjunta para 2030.
Paralelamente, deben proseguir las negociaciones separadas para un Acuerdo de Protección de las Inversiones y un Acuerdo sobre Indicaciones Geográficas.
Próximos pasos: tras la revisión jurídica y la traducción, la Comisión presentará al Consejo propuestas para la firma y la celebración del acuerdo. Una vez adoptado por el Consejo, la UE e India podrán proceder a la firma. A continuación, el acuerdo deberá obtener el consentimiento del Parlamento Europeo y una decisión del Consejo sobre su celebración para entrar en vigor. También será necesaria la ratificación por parte de India. Por el momento no se ha anunciado ningún calendario específico.
Para más información sobre el Acuerdo de Libre Comercio entre la UE e India puede consultar los siguientes enlaces: