La UE gana el caso denunciado ante la OMC contra Turquía sobre prácticas discriminatorias sobre productos farmacéuticos. El laudo de la apelación confirma el fallo del Panel a favor de la UE y determina que la medida referente a la localización discrimina los productos farmacéuticos extranjeros, ya que no está vinculado a un proceso de contratación pública de productos farmacéuticos, ni está sujeto al logo de los objetivos de salud pública o al cumplimiento de leyes que exigen a Turquía garantizar una atención sanitaria accesible, eficaz y económicamente sostenible para su población.

Comparte esta información: