El Consejo de la Unión Europea adoptó el pasado 23 de junio de 2023 el undécimo paquete de sanciones económicas e individuales en respuesta a la invasión de Rusia en Ucrania. A continuación, encontrarás una breve descripción de las principales medidas:

 

 

1 – Elusión

  • Prohibición del tránsito por el territorio de Rusia de bienes y tecnología que puedan contribuir al perfeccionamiento militar y tecnológico de Rusia, o al desarrollo de sus sectores de defensa y seguridad, bienes y tecnología aptos para su uso en la industria aeronáutica o espacial y aditivos de combustible de aviación, exportados desde la UE.
  • Creación de una “herramienta de elusión”:
  • Que pretende reforzar la cooperación bilateral y multilateral mediante el compromiso diplomático con terceros países y la prestación de una mayor asistencia técnica a los mismos.
  • Permite a la UE adoptar nuevas medidas en los casos en que los esfuerzos de la UE en el marco de la cooperación bilateral y multilateral no den los resultados previstos. Dicha acción será específica, proporcionada y tendrá como único objetivo privar a Rusia de los recursos que le permiten proseguir su agresión contra Ucrania.
  • Permite a la UE adoptar medidas individuales que aborden la implicación de operadores de terceros países en la facilitación de la elusión (como las designaciones).
  • La UE debería volver a comprometerse con los terceros países tras la adopción de dichas medidas individuales.
  • La UE debería poder adoptar nuevas medidas cuando, a pesar de las medidas mencionadas, la elusión continúe (teniendo en cuenta el volumen, el tipo o el carácter sistémico de la elusión).
  • Restricción a la venta, suministro, transferencia o exportación de bienes y tecnologías sancionados a terceros países donde exista un riesgo de elusión.
  • Las decisiones de incluir a un tercer país y los bienes o tecnologías en cuestión en el ámbito de aplicación de esta medida serán adoptadas por el Consejo por unanimidad y tras haber tenido en cuenta un análisis técnico exhaustivo de la Comisión.
  • Antes de incluir a un tercer país en la lista, la UE informará al Gobierno del tercer país y recabará su opinión.

 

 

2 – Inclusión en la lista

  • El Consejo ha añadido 87 nuevas entidades que apoyan directamente el complejo militar e industrial de Rusia. La lista incluye: 4 entidades iraníes, así como entidades de Hong Kong, Armenia, Uzbekistán, Siria y Emiratos Árabes Unidos.
  • Más de 100 personas y entidades adicionales sujetas a congelación de activos. Esto incluye a altos cargos militares, responsables de la toma de decisiones sobre la guerra, personas implicadas en la deportación ilegal de niños ucranianos a Rusia, jueces que tomaron decisiones políticamente motivadas contra ciudadanos ucranianos, personas responsables del saqueo del patrimonio cultural, empresarios, propagandistas, así como empresas rusas de TI que proporcionan tecnología y software críticos a la inteligencia rusa, bancos que operan en los territorios ocupados y entidades que trabajan con las fuerzas armadas rusas.

 

 

3 – Medidas comerciales

  • Ampliación de la lista de artículos que contribuyen a la mejora militar y tecnológica de Rusia o al desarrollo de su sector de defensa y seguridad, incluyendo: componentes electrónicos, materiales semiconductores, equipos de fabricación y ensayo de circuitos electrónicos integrados y placas de circuitos impresos, precursores de materiales energéticos y precursores de armas químicas, componentes ópticos, instrumentos de navegación, metales utilizados en el sector de defensa y equipos marinos. También se amplía la lista de armas de fuego restringidas, sus piezas, componentes esenciales y municiones, y se añaden más tipos de armas.
  • Restricción de las exportaciones de otros 15 artículos tecnológicos adicionales detectados en el campo de batalla en Ucrania o del equipo necesario para producirlos.
  • Endurecimiento de las restricciones a la importación de productos siderúrgicos exigiendo a los importadores de estos productos sancionados que hayan sido procesados en un tercer país que demuestren que los insumos utilizados no proceden de Rusia.
  • Ampliación de la prohibición de exportar coches de lujo a todos los coches nuevos y de segunda mano que superen una determinada cilindrada (> 1.900 cm³), y a todos los vehículos eléctricos e híbridos.
  • Prohibición total de determinados tipos de componentes de maquinaria.

 

 

4 – Derechos de propiedad intelectual

  • Prohibición de venta, licencia o transferencia de derechos de propiedad intelectual o secretos comerciales, así como la concesión de derechos de acceso o reutilización de cualquier material o información protegidos mediante derechos de propiedad intelectual o que constituyan secretos comerciales, relacionados con los bienes y la tecnología cuya venta, suministro, transferencia o exportación, a una persona, entidad u organismo en Rusia o para su uso en Rusia esté prohibida.

 

 

5 – Radiodifusión

  • Suspensión de las licencias de radiodifusión en la UE de 5 medios de comunicación rusos (RT Balkan, Oriental Review, Tsargrad, New Eastern Outlook, Katehon).

 

 

6 – Transporte por carretera

  • Ampliación de la prohibición de transportar mercancías por carretera en la UE con remolques y semirremolques matriculados en Rusia, incluso cuando sean arrastrados por camiones matriculados fuera de Rusia.

 

7 – Transporte marítimo

  • Prohibición de acceso a los puertos y esclusas del territorio de la UE a los buques que efectúen transbordos de buque a buque, cuando las autoridades competentes tengan motivos razonables para sospechar que un buque infringe la prohibición de importar petróleo crudo o productos petrolíferos rusos por vía marítima en la UE o transporta petróleo crudo o productos petrolíferos rusos comprados por encima del precio máximo acordado por Price Cap Coalition. Esta prohibición se aplica a todos los buques, independientemente de su pabellón o matrícula, y a cualquier transbordo de buque a buque efectuado en cualquier punto del viaje hacia los puertos o esclusas de un Estado miembro. En cualquier caso, se prohibirá a los buques el acceso a los puertos y esclusas del territorio de la UE si no notifican a la autoridad competente, con al menos 48 horas de antelación, una transferencia de buque a buque que se produzca en zonas geográficas específicas.
  • Prohibición de acceso a puertos y esclusas en el territorio de la UE a los buques a los que las autoridades competentes tengan motivos razonables para suspender de interferir ilegalmente, apagar o inutilizar de otro modo sus sistemas automáticos de identificación a bordo (AIS) cuando transporten crudo y productos petrolíferos rusos, infringiendo el Reglamento SOLAS.
  • Los Estados miembros realizarán su evaluación sobre la base de un análisis de riesgos, mientras que la Comisión también deberá publicar avisos sobre conductas con riesgo de elusión.
  • Para mitigar el forum shopping, las autoridades competentes de un Estado miembro que denieguen el acceso a un buque deben intercambiar inmediatamente información sobre dicha negación con las demás autoridades competentes de los Estados miembros a través de las plataformas existentes a su disposición.
  • Se prevén exenciones y derogaciones adecuadas para permitir el acceso de estos buques a los puertos y esclusas del territorio de la Unión por motivos de seguridad marítima, incluidos los medioambientales, para salvar vidas en el mar y con fines humanitarios.

 

 

8 – Energía

  • Se pondrá fin a la excepción temporal concedida a Alemania y Polonia para el suministro de petróleo crudo por oleoducto desde Rusia a través del tramo norte del oleoducto de Druzhba. Sin embargo, el petróleo procedente de Kazajstán o de otro tercer país podrá seguir transitando por Rusia e importarse a la UE a través del oleoducto de Druzhba.
  • La exención prevista en las disposiciones sobre precios máximos en relación con el proyecto Sajalín-2, situado en Rusia, debe prorrogarse hasta el 31 de marzo de 2024 para garantizar las necesidades de seguridad energética de Japón.
  • Para no perjudicar los suministros críticos de energía cuya importación a la UE desde terceros países no está prohibida, conviene garantizar el mantenimiento y el funcionamiento adecuado de las infraestructuras del Consorcio de Oleoductos del Caspio (CPC), que permiten la compra, importación o transferencia de mercancías originarias de Kazajstán y que sólo se cargan en Rusia, salen de Rusia o transitan por este país.

 

 

9 – Sanciones económicas / financieras

  • Ampliación de la prohibición de proporcionar valores mobiliarios a personas en Rusia a los instrumentos financieros denominados en cualquier divisa.
  • Introducción de una excepción a la prohibición de prestar determinados servicios a entidades rusas necesarios para la creación, certificación o evaluación de un cortafuegos que elimine el control ejercido por una persona que cotiza en bolsa sobre los activos de una entidad de la Unión que no cotiza en bolsa y que la persona que cotiza en bolsa posee o controla, y que garantice que esta última no obtenga ningún beneficio, permitiendo así que dicha entidad continúe sus operaciones comerciales.
  • Ampliación del plazo para la aplicación de una excepción temporal a la prohibición de prestar determinados servicios, con el fin de facilitar aún más la desinversión en el mercado ruso por parte de los operadores de la Unión. Con el fin de agilizar la desinversión de los operadores rusos del mercado de la Unión, se introduce una excepción temporal a la prohibición de prestar servicios de asesoramiento jurídico a personas jurídicas, entidades u organismos establecidos en Rusia. Las autoridades competentes de los Estados miembros podrán autorizar la prestación, hasta el 31 de marzo de 2024, de servicios jurídicos que sean obligatorios, en virtud de la legislación nacional del Estado miembro, para que dichas desinversiones puedan llevarse a cabo.

 

 

10 – Ampliación de la lista de países socios que aplican un conjunto de medidas de control de las exportaciones sustancialmente equivalentes a las establecidas en el Reglamento (UE) nº 833/2014, para incluir a Suiza.

 

 

11 – Intercambio de información

  • El Consejo considera que es conveniente que los Estados miembros informen a los demás Estados miembros y a la Comisión de toda autorización denegada, y que compartan información sobre las solicitudes de autorización que tengan intención de conceder cuando otro Estado miembro ya haya notificado una denegación, a fin de evitar la búsqueda del foro más ventajoso.
  • También es conveniente mejorar el intercambio de información sobre la aplicación y el cumplimiento de las restricciones a la exportación de productos sensibles que puedan utilizarse para apoyar la guerra de agresión de Rusia contra Ucrania, como los bienes y productos de doble uso, con el fin de contrarrestar el riesgo de elusión por parte de personas o entidades implicadas en la adquisición de bienes prohibidos de la Unión para su uso en Rusia, o en la prestación de servicios prohibidos.
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