El Consejo adoptó formalmente las propuestas de Directiva relativa a la reducción del impacto ambiental de determinados productos de plástico de un solo uso; y de Reglamento relativo a la adaptación de las obligaciones de información en el ámbito de la legislación relativa al medioambiente y por el que se modifican diez actos legislativos. Ambas propuestas fueron publicadas por la Comisión Europea en mayo de 2018 y adoptadas formalmente por el Parlamento Europeo en marzo de 2019. Respecto a la Directiva relativa a la reducción del impacto ambiental de determinados productos de plástico, se recogen una serie de productos que estarán prohibidos a partir de 2021 como los cubiertos  y platos de plástico, pajitas, bastoncillos de algodón fabricados en plástico, palitos para sostener globos o plásticos oxodegradables, entre otros. Asimismo, establece que los Estados miembros deberán recuperar el 77% de las botellas de plástico en 2025 y el 90% en 2029. Además, el 25% del plástico de las botellas deberá ser reciclado en 2025 y el 30% en 2030. Del mismo modo, los fabricantes deberán incluir en su etiquetado advertencias sobre el impacto medioambiental de los cigarrillos con filtros de plástico, las tazas de plástico, las toallitas húmedas y las compresas higiénicas. En cuanto a la propuesta de Reglamento relativo a la adaptación de las obligaciones de información en el ámbito de la legislación medioambiental, este busca dar uniformidad a las obligaciones de notificación medioambiental de la legislación de la UE. Lo pretende conseguir mediante la racionalización de las obligaciones de notificación, la reducción de los costes administrativos, la mejora de la calidad de los datos disponibles para futuras evaluaciones y el aumento de la transparencia.

 

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