el Gobierno de los Estados Unidos ha emitido una nueva orden ejecutiva Modifying the Scope of the Reciprocal Tariff with Respect to Certain Agricultural Products – The White House mediante la cual se eliminan los aranceles recíprocos aplicables a ciertos productos agrícolas. Esta medida se encuentra vigente para toda mercancía ingresada para consumo o retirada de almacén a partir del 13 de noviembre, a las 12:01 a. m. (EST TIME).
Los productos incluidos en esta modificación se especifican en el Anexo de la orden.
En relación con esta actualización, la Oficina de Aduanas y Protección en Frontera (Customs Border Protection) ha recordado la importancia de conservar toda documentación que respalde el uso o destino declarado del producto, cuando dicho requisito resulte aplicable. Esta información deberá mantenerse disponible para efectos de auditoría y obligaciones de archivo.
Adicionalmente el CBP ha proporcionado guías para que los importadores gestionen de forma correcta las entradas afectadas por esta modificación arancelaria:
- Para las declaraciones de importación recientes (últimos 10 días), se recomienda efectuar las correcciones correspondientes antes de que los aranceles previamente aplicables sean finalmente liquidados, con el fin de evitar procesos posteriores de reembolso.
- En el caso de declaraciones de importación no liquidadas en las que los aranceles recíprocos ya hayan sido pagados, el importador podrá solicitar el ajuste a través de una Corrección Posterior al Resumen (PSC). El reembolso, en su caso, será procesado una vez aprobada la corrección y al momento de la liquidación.
- Para las declaraciones ya liquidadas, cualquier solicitud de devolución deberá gestionarse mediante la presentación de una protesta dentro del plazo reglamentario de 180 días posteriores a la liquidación.