Las negociaciones del acuerdo de libre comercio entre la UE e India se han acelerado recientemente con el objetivo de concluir las conversaciones antes de finales de año.
Las normas de origen son uno de los aspectos más difíciles del acuerdo. En concreto, la Comisión se enfrenta a dificultades en relación con los procedimientos de origen respecto a tres puntos:
1) El trato arancelario preferencial: India ha pedido que se exija que el importador disponga de información detallada que demuestre el origen en el momento de la solicitud.
2) Prueba de origen:
- El mecanismo de autenticación podría consistir en indicar en la declaración de exportación uno de los siguientes números:
- El número de identificación de la declaración de origen
- El número REX.
- Hay duda sobre que lenguaje (qué clasificación arancelaria) se debería utilizar para declarar el origen.
3) Verificación: ambas partes han acordado que la parte exportadora realice la verificación y que las autoridades competentes de la parte exportadora no tendrán que compartir con las autoridades competentes de la parte importadora la información que el exportador considere confidencial. Sin embargo, todavía no se han acordado las siguientes cuestiones:
- No denegación de la preferencia cuando el importador solicite el trato preferencial sobre la base de una declaración de origen y antes de que se inicie la cooperación administrativa.
- Consulta entre las partes cuando la parte importadora tenga la intención de denegar la preferencia cuando la parte exportadora ha confirmado el origen.
- Participación, en circunstancias excepcionales, de las autoridades competentes de India en las visitas de verificación de la UE.
- Duración del procedimiento.