El Consejo y el Parlamento Europeo alcanzaron un acuerdo provisional sobre el Reglamento por el que se prohíben en el mercado de la UE los productos fabricados con trabajo forzoso. El texto respalda el objetivo principal de la propuesta de prohibir la introducción y comercialización en el mercado de la UE y la exportación desde el mercado de la UE de todo producto realizado con trabajo forzoso e introduce modificaciones relativas a las responsabilidades de la Comisión Europea y de las autoridades nacionales competentes en el proceso de investigación y decisión. En concreto, recoge que la dirección de las investigaciones la asumirá la Comisión cuando los riesgos para el suministro de los productos se presenten fuera del territorio de la UE, mientras que cuando estos se den en el territorio de un Estado miembro, la asumirá la autoridad nacional competente. Además, establece que la decisión definitiva de prohibir, retirar y eliminar un producto realizado con trabajo forzoso será adoptada por la autoridad que haya dirigido la investigación. Como próximos pasos, el acuerdo provisional deberá ser refrendado por ambos colegisladores.

 

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