Orden ICT/1116/2021, de 7 de octubre, por la que se establecen las bases reguladoras de las líneas de ayuda para la apertura de mercados exteriores y se procede a su convocatoria en el año 2021, publicada en el Boletín Oficial del Estado.

 

 

El programa de ayudas para la apertura de mercados exteriores tiene como finalidad el apoyar actuaciones dirigidas a facilitar la internacionalización de las empresas españolas.

 

 

Dicho apoyo se materializará a través de dos líneas de ayuda, como son la Línea Exportadores y la Línea Indicaciones Geográficas.

 

 

Las Asociaciones y Federaciones de exportadores reconocidas como entidades colaboradoras de la Secretaría de Estado de Comercio, en virtud de la Orden ITC/3690/2005, y los Consejos Reguladores de Indicaciones Geográficas Protegidas y Denominaciones de Origen para la Línea Indicaciones Geográficas, serán aquellos que podrán beneficiarse de las ayudas recogidas en este programa.

 

Los gastos subvencionables serán, entre otros, los generados por las visitas de los equipos técnicos o representantes institucionales de países terceros que se desplacen a España con motivo de apertura de mercado, también los costes de la obtención de certificaciones obligatorias exigidas por un país tercero así como aquellos gastos derivados de la contratación de servicios de asistencia jurídica para la defensa de los intereses comerciales o gastos para la defensa de la protección de las indicaciones geográficas en mercados terceros donde la Unión Europea tenga suscritos acuerdos para su protección.

 

 

El pago de las ayudas se realizará sobre la base de la justificación de los gastos previamente realizados hasta un máximo de 100.000€ por beneficiario.

 

 

Las ayudas se asignarán por orden de presentación de las solicitudes hasta agotamiento de los fondos disponibles.

 

 

Se establece un plazo de 20 días desde la publicación de la correspondiente convocatoria para la presentación de las solicitudes.

Comparte esta información: